Micelio
Auto20 de febrero de 2019

A- de 2019

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se CONVOCA a sesiones técnicas como escenario oportuno para continuar con la generación de espacios de discusión que permitan formular soluciones a las problemáticas relacionadas con el acceso a los servicios de salud; la sostenibilidad financiera y la cobertura universal en salud; las cuales han impedido superar las fallas identificadas en la Sentencia T-760/08.

Se dispone que, para el desarrollo de cada una de ellas la Sala Especial establecerá con posterioridad el objetivo específico, la metodología para su desarrollo y los participantes.

Así mismo, solicitará la información que considere pertinente y señalará la fecha y hora en que se llevaran a cabo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Convocar a sesiones técnicas sobre los asuntos mencionados en el acápite 4 de las consideraciones. Para su desarrollo, la Sala establecerá el objetivo específico, la metodología, los participantes, solicitará la información que considere pertinente y señalará la fecha y hora en que se llevará a cabo.
  2. Segundo. Solicitar al Ministerio de Salud y Protección Social, que en el término de quince (15) días, contados a partir del día siguiente de la comunicación de este auto, presente los informes ordenados en los acápites 4.1.3, 4.2.3 y 4.3.3 de la parte considerativa de esta providencia.
  3. Tercero. Poner en conocimiento del Ministerio de Salud y Protección Social la situación manifestada por el vocero de la CSR en la audiencia, en relación relacionada con la solicitud de declaratoria de interés público de los antivirales de acción directa utilizados en el tratamiento de la hepatitis C, para que en ejercicio de sus competencias le informe al peticionario los trámites surtidos y el estado en que se encuentra dicha petición.
  4. Cuarto. Proceda la Secretaría General de la Corte Constitucional a comunicar la presente decisión al Ministerio de Salud y Protección Social, adjuntando copia de la misma.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela